Términos & Condiciones

Las presentes Condiciones Generales de Servicios Logísticos de MundoClick (en
adelante, las Condiciones Generales) constituyen parte vinculante del contrato de
servicios concertado entre el Cliente y cualquiera de las empresas del Grupo
MundoClick, comprometiéndose las partes a su cumplimiento íntegro y oportuno.
 
AMBITO DE APLICACION DE LAS PRESENTES CONDICIONES GENERALES:
 
Todos los servicios prestados por MundoClick para el Cliente quedarán sujetos a las
siguientes Condiciones Generales.
 
Estas Condiciones Generales se aplicarán sea que MundoClick actúe en calidad de
almacenista, depositario, transportista, porteador, operador logístico y/o preste cualquier
otro servicio al Cliente.
 
El Cliente reconoce y acuerda con MundoClick que las siguientes Condiciones
Generales forman parte integrante de cualquier contrato de servicios y, por lo tanto, que
resultan legalmente obligatorias.
 
Estas Condiciones Generales se encuentran a disposición del Cliente y del público en
general en cualquiera de las oficinas de MundoClick en Chile y también en el sitio web
www.mundoclick.cl 
 
Por último, las presentes Condiciones Generales se encuentran debidamente inscritas y
registradas ante ALOG (Asociación Logística de Chile A.G.).
 
DEFINICIONES:
 
a)
Compañía: Quiere decir Depósitos y Contenedores S.A., así como las
diferentes sucursales, agentes y representantes de MundoClick.
b)
Cliente: significa toda persona que sea titular de derechos u obligaciones
emanadas de un contrato de servicios con MundoClick o como
consecuencia de su actividad relacionada con tales servicios, incluyendo, pero
no quedando limitada al exportador, importador, remitente y/o cargador,
recibidor, propietario, destinatario y/o consignatario, transportador, asegurador,
depositario, despachador y/o tradente.
c)
Mercancías: significa todos los bienes o productos, incluyendo los animales
vivos, así como contenedores, pallets u otros dispositivos utilizados para el
almacenaje, depósito o transporte que no sean proporcionados por
MundoClick. 
d)
DEG: significa Derecho Especial de Giro, definido por el Fondo Monetario
Internacional. 
e)
Legislación imperativa: significa toda disposición legal que establezca normas
que no puedan, en virtud de una estipulación contractual, ser dejadas sin
efecto o modificadas en detrimento del Cliente. 
f)
Por escrito: comprende el telegrama, télex, fax, correo electrónico o cualquier
forma de registro por medios electrónicos. 
g)
Mercancías peligrosas: significa los productos que están oficialmente
calificados como peligrosos en el Acuerdo Europeo sobre Transporte
Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR) y/o en el Código

Internacional de Mercancías Peligrosas (IMDG), así como las mercancías que
puedan llegar a ser peligrosas, inflamables, radioactivas, nocivas o
perjudiciales. 
h)
Remitente / cargador: significa toda persona que contrata a nombre propio o
ajeno la realización de un almacenaje, depósito, servicio de logística o
transporte y frente al cual MundoClick se obliga a efectuarlo. 
i)
Porteador: significa cualquiera persona que ejecute efectivamente el transporte
de las mercancías utilizando sus propios medios de transporte y toda persona
que, por sí o por medio de otra que actúe en su nombre, ha celebrado un
contrato de transporte de mercancías con un remitente o cargador. 
j)
Destinatario / consignatario: quiere decir la persona a quien el porteador debe
entregar las mercancías en el lugar de destino convenido.
 
 
1.- DISPOSICIONES GENERALES.
 
1.1 MundoClick llevará a cabo y prestará sus servicios de acuerdo a las instrucciones
escritas del Cliente, en los términos convenidos. Con todo, si tales instrucciones
fueren inexactas o incompletas, no estuvieren de acuerdo con el contrato o si no
existieren instrucciones concretas, MundoClick podrá, bajo riesgo y costo del
Cliente, actuar como estime razonable, eligiendo los itinerarios, medios y modalidades
de almacenaje, depósito o transporte que, a su juicio, sean los apropiados para
efectuar el almacenaje, depósito, servicio de logística, transporte y/o entrega de las
mercancías en las mejores condiciones posibles. Salvo pacto en contrario,
MundoClick podrá, sin previo aviso al Cliente, disponer que las mercancías sean
almacenadas, depositadas o transportadas sobre o bajo cubierta, así como escoger o
remplazar los medios, ruta y procedimiento a seguir.
 
1.2 Las mercancías se expedirán siempre por cuenta y riesgo del remitente y/o
destinatario, según corresponda, y las eventuales coberturas de seguro serán
tomadas únicamente con arreglo a las instrucciones recibidas de éstos, por escrito y
de su cuenta y riesgo.
 
 
1.3 Si el consignatario o destinatario no se hiciere cargo a su llegada de todo o parte de
las mercancías, éstas se depositarán, por cuenta y riesgo del remitente o de quien
corresponda con sujeción a lo dispuesto en la ley o, en su caso, a los usos de
comercio observados en el lugar de entrega. En todo caso, el remitente y el
destinatario serán responsables solidariamente frente a MundoClick por todos los
gastos que resulten de la demora (demurrage y/o detention) en la recepción y/o retiro
de la mercancía en el lugar de destino, almacenaje o depósito.
 
2.-  DESCRIPCION DE LAS MERCANCIAS Y EMBALAJE:
 
2.1 El Cliente garantiza a MundoClick la exactitud de la declaración de las mercancías en
lo que respecta a sus características, descripción, marcas, números, cantidad, peso y
volumen, siendo de cargo del remitente y/o destinatario las responsabilidades que se
deriven por pérdidas, daños y/o penalidades que puedan originar a terceros la inexactitud
de los datos antes mencionados, así como las derivadas de embalaje inadecuado,
defectuoso o mal empleado, que cause daño o perjuicio a las mercancías o a los equipos
de manipulación o medios de almacenaje, depósito, servicio de logística o transporte,

aunque tales inexactitudes o deficiencias aparezcan en operaciones no ejecutadas
directamente por MundoClick, a quien el remitente y/o destinatario indemnizará y
mantendrá indemne, incluidos los gastos adicionales que por tales causas se le ocasionen.
 
2.2 Las órdenes de carga que involucren mercancías peligrosas deberán ser preavisadas
por el cargador 24 horas antes de los plazos requeridos para las mercancías
convencionales. Todo envío de mercancía peligrosa deberá estar dentro de las normas
ADR/IMDG, que estén vigor en cada momento. El remitente o cargador es el único
responsable de cumplir con la legislación vigente, tanto en embalajes, documentación,
marcas, carta de porte, conocimiento de embarque, guía aérea y cualquier otro
requerimiento que sea necesario para el almacenaje, depósito, servicio de logística o
transporte de las citadas mercancías, exonerando a MundoClick, especialmente, de
cualquier responsabilidad que se derive del incumplimiento ante terceros.
 
En caso de omisión o insuficiente información, responderá el remitente o cargador de los
perjuicios ocasionados por las mercancías, teniendo MundoClick derecho a rembolsarse
de todos los gastos y perjuicios que, por tal motivo, se le causen y quedando exenta
MundoClick de cualquier responsabilidad si las mercancías tuvieran que ser
descargadas, destruidas, neutralizadas o convertidas en inofensivas, según requieran las
circunstancias o la legislación pertinente, y sin que por ello deba pagar MundoClick
indemnización alguna.
 
2.3 Las garantías y obligaciones del remitente o cargador señaladas en los puntos
anteriores se amplían en el supuesto de envíos a EEUU, a saber, son de responsabilidad
del remitente o cargador los requisitos de información previa y de documentación necesaria
para la importación en aquel país que, en cada momento, se requieran por las autoridades,
respondiendo el remitente o cargador de su exactitud y puntualidad. Asimismo, el remitente
o cargador deberá hacerse cargo de cuanto gasto, daño y perjuicio puedan derivarse de
cualquier incumplimiento, sin que MundoClick sea responsable de las consecuencias
derivadas de no haberse podido informar a la Aduana de los EEUU de la naturaleza del
envío, con la antelación prescrita, o de fallas en la documentación de importación. En caso
de omisión o insuficiente información, responderá igualmente el remitente o cargador de los
perjuicios ocasionados.
 
3.- RESPONSABILIDAD.
 
3.1 MundoClick es responsable de los perjuicios resultantes de la pérdida, daño o retraso
en la entrega si el hecho que haya causado tal pérdida, daño o retraso tuvo lugar entre el
momento en que MundoClick se hizo cargo de las mercancías y aquél en que tenga
lugar su entrega. Sin embargo, MundoClick no será responsable de los hechos o actos
que resulten o se deriven de las siguientes circunstancias: faltas o negligencias del
remitente o del destinatario; transporte de animales vivos siempre que MundoClick
pruebe haber adoptado todas las medidas específicas informadas previamente por el
Cliente; hecho u omisión imputable al reclamante; mermas naturales y/o vicio propio de las
cosas; mermas normales producto del manipuleo o características propias de la mercancía;
acción de guerra, conmoción civil o actos de terrorismo; de huelgas, lock-outs, paros,
interrupción total o parcial del trabajo o cualquier otro conflicto laboral que afecte al trabajo;
defecto o deficiencia del embalaje que no sea manifiesto; insuficiencia o imperfección de las
marcas o rotulaciones; desastres naturales; demoras en aduana, falta de retiro oportuno de
las mercancías imputable al Cliente; caso fortuito o fuerza mayor; hurto; robo; o de cualquier
otra causa que MundoClick no hubiere podido evitar o cuyas consecuencias no hubiere

podido impedir mediante el empleo de una diligencia razonable.
 
3.2 MundoClick no será responsable del cumplimiento de instrucciones dadas con
posterioridad a la emisión de los documentos de expedición o de transporte, así como de
cualquier contingencia derivada de dichas instrucciones posteriores.
 
3.3 Cuando la responsabilidad de MundoClick derive de hechos o actos ocurridos
durante la ejecución del almacenaje, depósito, importaciones, servicio de logística o
transporte, si en la acción indemnizatoria hubiere de subrogarse MundoClick, en
ningún caso su responsabilidad podrá exceder de la que asuman con ocasión de ellos las
compañías de ferrocarriles, de navegación, aéreas, de transporte por carretera, de
almacenes de depósito, o de cualquier intermediario que intervenga en el almacenaje,
depósito, importación y exportación de mercancías, servicio de logística o transporte, con
arreglo a las reglamentaciones y convenios internacionales en vigor.
 
3.4 cuando se realice el transporte por dos o más modos de transporte distintos, la
responsabilidad de MundoClick será aquella aplicable al modo de transporte en que
haya sobrevenido la pérdida, el daño o el retraso. Con todo, cuando no se pueda
determinar el modo de transporte en que sobrevino la pérdida, daño o retraso, la
responsabilidad de MundoClick se decidirá con arreglo a las normas aplicables al
contrato de transporte terrestre de mercancías. Asimismo, la protesta por pérdidas, daños
o retraso en las mercancías se regirá por las normas aplicables al modo de transporte en
que se realice o deba realizarse la entrega de la mercancía.
 
3.5 En ningún caso MundoClick será responsable por lucro cesante, daños
consecuenciales, indirectos, ejemplares o punitivos y, especialmente, no existirá
responsabilidad alguna de MundoClick por interrupción de producción, negocio o venta
derivados del retraso, pérdida, robo o daño en la mercancía.
 
4.- LIMITACION DE RESPONSABILIDAD.
 
4.1
La responsabilidad de MundoClick respecto de pérdidas, daños o retraso en la
entrega de la mercancía se encuentra limitada, como máximo, a las cantidades
establecidas en la normativa pertinente que esté vigente:
 
4.1.1. Para los transportes terrestres nacionales e internacionales, se aplicará la
limitación prevista en el Convenio CMR, a saber, la cantidad de 8,33 DEG por kilogramo
de peso bruto de la mercancía perdida o dañada, a menos que se trate de un transporte
terrestre regido imperativamente por el Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre
de 1 de agosto de 1990 (Acuerdo de Montevideo de 1990, en concordancia con el
Acuerdo sobre el Contrato de Transporte y la Responsabilidad del Porteador en el
Transporte Internacional de Mercancías por Carretera), evento en que la indemnización
no podrá exceder de US$ 3 por kilogramo de peso bruto de la mercancía perdida. En todo
caso, tratándose de retraso en la entrega, la responsabilidad no podrá exceder del valor
del flete.
 
4.1.2. Para los transportes marítimos nacionales e internacionales, MundoClick no
será ni llegará a ser responsable de cualquiera pérdida o daño que exceda del
equivalente a 835 DEG por bulto u otra unidad de carga transportada o a 2,5 DEG por
kilogramo de peso bruto de las mercancías pérdidas o dañadas, si esta cantidad es
mayor. Tratándose de retraso, la responsabilidad de MundoClick estará limitada a una

suma equivalente a dos y media veces el flete que deba pagarse por las mercancías que
hayan sufrido el retraso, pero no excederá de la cuantía total del flete que deba pagarse
en virtud del respectivo contrato.
 
4.1.3 En los transportes aéreos nacionales, la responsabilidad por pérdida, daño o
retardo no excederá de una unidad de fomento por kilogramo de peso bruto de la carga,
en los términos del artículo 149 del Código Aeronáutico de la República de Chile.
 
4.1.4 En los transportes aéreos internacionales, la responsabilidad por pérdida, daño o
retardo no excederá de 17 Derechos Especiales de Giro por kilogramo de peso bruto de la
mercancía, en los términos del artículo 22.3 del Convenio de Montreal de 1999.
 
4.2
Respecto de cualquier otro servicio o actividad no mencionado en los acápites
anteriores, MundoClick no será ni llegará a ser responsable de cualquiera pérdida,
daño o retraso que exceda el equivalente a UF 4.000.
 
4.3 Responsabilidad acumulada de MundoClick no excederá de los límites de
responsabilidad por la pérdida total de las mercancías.
 
4.4 Las presentes limitaciones se aplicarán a todas las reclamaciones que se dirijan en
contra de MundoClick, independientemente de que la reclamación se funde en la
responsabilidad contractual, en la responsabilidad extracontractual o en cualquier otra
causa.
 
5.- MERCANCIA AD VALOREM.
 
5.1
Si el Cliente deseare sustituir los límites de responsabilidad de MundoClick por
uno superior a los establecidos en el N° 4 anterior, deberá declarar debidamente esa
intención en el documento de transporte, recibo o contrato pertinente, pagando por tal
concepto un sobre-precio adicional a convenir entre las partes. En ningún caso tal valor
podrá ser superior al valor real de las mercancías, incluidos los derechos de aduana –
cuando corresponda – y los demás gastos del almacenaje, depósito o transporte.
 
5.2
En el supuesto referido en el número 5.1 anterior, en virtud del cual es obligación
del Cliente declarar el mayor valor de la mercancía para efectos de ampliar la
responsabilidad de MundoClick al valor declarado, el Cliente se obliga a pagar todos
los costos adicionales, incluido el seguro adicional o suplementario que cubra tal mayor
valor de las mercancías, previa declaración de su valor y pago de la prima
correspondiente.
 
6.- SEGUROS.
 
6.1.
En consonancia con lo señalado en el N° 5 anterior, el Cliente podrá suscribir un
contrato de seguro adicional o suplementario que cubra el mayor valor de las mercancías,
previa declaración de su valor y pago de la prima correspondiente.
 
6.2 MundoClick podrá disponer las medidas para que el Cliente contrate el seguro
adicional o suplementario por intermedio de un corredor de seguros habilitado.
 
7.- PRECIO DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS.
 

7.1 Los transportes y demás servicios objeto de la actividad de MundoClick se
entienden contratados con arreglo a las tarifas vigentes al momento de la contratación y
dentro de los límites previstos en ellas. Las tarifas de los servicios serán las que se
establezcan en cada momento y podrán ser revisadas por MundoClick en todo
momento y de forma discrecional. Asimismo, MundoClick se reserva la facultad de
modificar las condiciones de pago acordadas cuando, en su opinión, las circunstancias
financieras o el historial de pago del Cliente así lo aconsejen, comprometiéndose
MundoClick a comunicar al Cliente las nuevas condiciones por escrito con una
antelación suficiente. De no existir tarifas, la contratación se realizará a los precios
usuales o de mercado correspondientes al lugar en que el servicio se preste. Los gastos
adicionales que se produzcan como consecuencia de hechos o circunstancias posteriores
a la fecha de contratación o, en su caso, a la fecha de emisión de los documentos de
expedición o de transporte, serán de cargo del Cliente, siempre que estén debidamente
justificados y no se deban a culpa o negligencia de cualquiera de los que hayan
intervenido en la prestación de los servicios contratados.
 
7.2.
El pago de cualesquiera gastos y servicios prestados por MundoClick se
realizará al contado, salvo condiciones especiales previamente pactadas.
 
7.3.
MundoClick tiene derecho de prenda y/o retención sobre las mercancías por
todas las cantidades que le sean debidas en virtud de los servicios que se le
encomienden por el mismo remitente y/o destinatario, o los representantes de uno u otro.
Podrá hacer valer su derecho por cualquier medio que estime procedente y sea admisible
con arreglo a las leyes del lugar en que se ejerciten los indicados derechos o, en su
defecto, del lugar de expedición de las mercancías o del lugar en que éstas deban ser
entregadas. Si las mercancías se perdieran o destruyeran, MundoClick tiene los
mismos derechos mencionados anteriormente sobre las indemnizaciones que deban ser o
sean pagadas por las compañías de seguros, empresas de transporte u otros.
 
7.4.
En caso de demora en el pago de cualesquiera gastos y servicios prestados por
MundoClick, el deudor estará obligado al pago del interés máximo convencional que
corresponda a contar de la fecha en que debió hacerse el pago.
 
Asimismo, en cuanto al aplazamiento del pago de las facturas, estará limitado al plazo
pactado en cada caso con el Cliente, no pudiendo sobrepasar el vencimiento de la factura
de 60 días contados desde la fecha de la factura o realización del servicio.
 
7.6.
Sin el consentimiento de MundoClick, el Cliente no podrá, al vencimiento de las
facturas, compensar o negarse al pago de los servicios prestados.
 
7.7.
El Cliente no sólo está obligado al pago del precio de los servicios contratados con
MundoClick, sino también de cualquier otro gasto adicional debidamente justificado
producido con ocasión del almacenaje, depósito, servicio de logística o transporte. De
manera especial, tanto el cargador como el destinatario serán solidariamente
responsables frente a MundoClick por los gastos que se lo ocasionen a consecuencia
de la demora (demurrage y/o detention) en la recepción y/o retiro de la mercancía en el
lugar de destino, almacenaje o depósito.
 
8.- NOTIFICACION Y PRESCRIPCION.
 
8.1.
Las acciones por pérdidas, daños o retraso no podrán ser ejercitadas si al tiempo

de efectuar la entrega de las respectivas consignaciones, no se hubiesen formalizado las
correspondientes protestas. Cuando se trate de pérdidas, daños o retrasos ocurridos en la
ejecución material del almacenaje, depósito, servicio de logística o transporte, las
protestas deberán ser formuladas en los términos y condiciones señalados en la
normativa vigente y en los convenios internacionales que regulan la modalidad de
transporte de que se trate.
 
8.2.
Todas las acciones relativas a los servicios prestados por MundoClick
prescriben en el lapso de tiempo que señale la normativa imperativa vigente y, en su
caso, los convenios internacionales que regulen los diferentes modos de almacenaje,
depósito, servicio de logística o transporte, comenzando a correr el plazo de prescripción
según lo que en cada normativa o convenio se establezca. A falta de regulación
imperativa y convenio internacional, el plazo de prescripción será de 1 año a partir del día
en que terminó la entrega de las mercancías por MundoClick, o de parte de ellas, o
cuando no hubo entrega, desde el término del día en que debieron haberse entregado.
 
9.- JURISDICCION.
 
El remitente y/o destinatario se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de
los tribunales de la ciudad de Santiago, Chile, con renuncia a otro fuero si lo hubiere.
 
10.- NULIDAD PARCIAL.
 
Si una o más disposiciones de las presentes Condiciones Generales llegaré a ser
declarada nula o ineficaz por cualquier causa, ello no afectará la validez y eficacia de las
restantes cláusulas.
 
11.- INTERPRETACION.
 
Los subtítulos, encabezamientos y distribución de las materias en las diferentes secciones
de estas Condiciones Generales se utilizan como mera referencia, de modo que en
manera alguna definen o limitan el alcance o intención de las partes respecto de las
materias contenidas en cada una de ellas, debiendo interpretarse estas Condiciones
Generales en su integridad y ejecutarse el contrato de buena fe, obligándose las partes no
sólo a lo que en él se expresa, sino a todo aquello que por la ley o la costumbre se
entiende pertenecer a un contrato de esta naturaleza.
 
12.- PROTECCION DE DATOS.
 
12.1 MundoClick informa que los datos del Cliente serán tratados con la máxima
confidencialidad de acuerdo con la política de privacidad y seguridad de MundoClick,
según establecen las normas corporativas internas de MundoClick, en cuya virtud toda
la información de sus clientes es considerada confidencial y de carácter reservado.
 
12.2. Para ejercitar estos derechos y para cualquier aclaración, es posible contactarse
con MundoClick por correo ordinario, con dirección en Antonio Bellet 193, oficina 1210,
12 P, depto 193, Providencia, Santiago de Chile o al correo electrónico de MundoClick.
 
13. VIGENCIA.
 
Las presentes Condiciones Generales estarán vigentes en tanto MundoClick no las

modifique o las sustituya por otras que sean puestas a disposición del Cliente, de la
manera indicada en el Ámbito de Aplicación señalado precedentemente.
 

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